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Contribución Especial Protección Pensiones

Contribución Especial para la Protección de las Pensiones

En esta sección presentamos en forma resumida los aspectos más relevantes acerca de la contribución especial para la protección de las pensiones.

ÍNDICE

  1. Contribuyentes
    1. ¿Quienes son contribuyentes de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    2. ¿Quienes no son contribuyentes de la contribución especial para la protección de las pensiones?
  2. Hecho Imponible
    1. ¿Cual es el hecho imponible de la contribución especial para la protección de las pensiones?
  3. Base Contributiva
    1. ¿Cual es la base contributiva de la contribución especial para la protección de las pensiones?
  4. Alícuota
    1. ¿Cual es la alícuota de la contribución especial para la protección de las pensiones?
  5. Periodo de Imposición
    1. ¿Cual es el periodo de imposición de la contribución especial para la protección de las pensiones?
  6. Declaración y Pago
    1. ¿Cuando debe presentarse la declaración de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    2. ¿Dónde debe presentarse la declaración de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    3. ¿Cómo puede pagarse la contribución especial para la protección de las pensiones?
  7. Exoneraciones
    1. ¿Cuales sujetos están exentos de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    2. ¿Cuales sujetos están exonerados de la contribución especial para la protección de las pensiones?
  8. Control Fiscal
    1. ¿Cual es el organismo encargado del control fiscal de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    2. ¿Qué procedimiento puede aplicar la administración tributaria con respecto a la contribución especial para la protección de las pensiones?
  9. Intereses Moratorios
    1. ¿Cuando se generan intereses moratorios en la contribución especial para la protección de las pensiones?
  10. Sanciones
    1. ¿Cual es la sanción por no presentar la declaración mensual de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    2. ¿Cual es la sanción por presentar con retraso la declaración mensual de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    3. ¿Cual es la sanción por no pagar la contribución especial para la protección de las pensiones?
    4. ¿Cual es la sanción por pagar con retraso la contribución especial para la protección de las pensiones?

Contribuyentes

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley, son contribuyentes todas las personas jurídicas de carácter privado, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, aunque no estén domiciliadas en Venezuela. Se incluyen como contribuyentes a todos los tipos de sociedades de personas, incluidas las sociedades irregulares o de hecho.

En resumen:

  • ¿Quienes son contribuyentes de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    Todas las personas jurídicas de carácter privado que realicen actividades económicas en Venezuela, independientemente de que estén domiciliadas o no.
  • ¿Quienes no son contribuyentes de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    Por interpretación en contrario, no son contribuyentes las personas naturales ni tampoco las entidades públicas.

Hecho Imponible

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la ley, el hecho imponible de la contribución es realizar pagos a trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.

En resumen:

  • ¿Cual es el hecho imponible de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    Pagar salarios y bonificaciones no salariales a los trabajadores.

Base Contributiva

Según lo dispuesto en el artículo 7 de la ley, la base contributiva es el total de los pagos mensuales realizados por el contribuyente a sus trabajadores, incluyendo tanto lo pagado por concepto de salarios como lo pagado por las bonificaciones de carácter no salarial.

En resumen:

  • ¿Cual es la base contributiva de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    Está compuesta por dos elementos: primero, las remuneraciones salariales pagadas y, segundo, las bonificaciones no salariales pagadas.

Alícuota

Con respecto a la alícuota, la ley no establece un porcentaje concreto, sino que fija en el artículo 7, un límite máximo de quince por ciento (15%). La ley delega en el ejecutivo nacional la facultad de establecer anualmente la alícuota dentro del límite previsto y tomando en consideración el tipo o clase de actividad económica de los contribuyentes.

En este sentido, el ejecutivo nacional mediante el Decreto N° 4.952 estableció una alícuota inicial de nueve por ciento (9%).

En resumen:

  • ¿Cual es la alícuota de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La alícuota actualmente vigente es el nueve por ciento (9%).

Periodo de Imposición

En relación al periodo de imposición, la ley establece, en su artículo 9, que la contribución especial debe declararse y pagarse mensualmente.

En resumen:

  • ¿Cual es el periodo de imposición de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    El periodo impositivo es mensual, correspondiendo con cada mes calendario del año civil.

Declaración y Pago

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley, la declaración y pago debe efectuarse en el lugar, forma y condiciones que establezca la administración tributaria nacional.

En este sentido, el SENIAT emitió la Providencia Administrativa N° SNAT/2024/000042, mediante la cual se establecieron las normas para la declaración y pago de la contribución especial. En la mencionada norma se incluye el calendario con las fechas para las declaraciones y pagos mensuales, en función del último dígito del Registro Único de Información Fiscal (RIF) de los contribuyentes.

En resumen:

  • ¿Cuando debe presentarse la declaración de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La contribución debe declararse y pagarse según las fechas establecidas en el calendario publicado por el SENIAT.
  • ¿Dónde debe presentarse la declaración de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La declaración de la contribución debe presentarse en el portal fiscal del SENIAT, en la sección denominada «servicios de declaración».
  • ¿Cómo puede pagarse la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La contribución puede pagarse en forma electrónica mediante los servicios en línea de las entidades bancarias públicas y privadas, o en forma manual acudiendo a una de las agencias de las referidas instituciones.

Exoneraciones

Con respecto a los beneficios fiscales, la ley no establece exenciones, pero sí faculta al ejecutivo nacional, en el artículo 8, para decretar exoneraciones del pago de la contribución especial, en forma parcial o total, a determinadas categorías de sujetos pasivos especiales y a sectores estratégicos para la inversión extranjera y el desarrollo nacional.

En este sentido, el Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 4.952 estableció la exoneración del pago de la contribución especial a los emprendimientos debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE), por un plazo de un año contado a partir de la vigencia del mencionado decreto.

En resumen:

  • ¿Cuales sujetos están exentos de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La ley no establece exenciones.
  • ¿Cuales sujetos están exonerados de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    Están exonerados los emprendimientos debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE), por un plazo de un año contado a partir de la vigencia del Decreto N° 4.952.

Control Fiscal

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la ley, la recaudación y control fiscal de la contribución especial es competencia exclusiva del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, SENIAT. Este organismo será el encargado de velar por el cumplimiento de los deberes formales y materiales por parte de los contribuyentes, pudiendo aplicar los procedimientos de verificación, fiscalización y determinación.

En resumen:

  • ¿Cual es el organismo encargado del control fiscal de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
  • ¿Qué procedimiento puede aplicar la administración tributaria con respecto a la contribución especial para la protección de las pensiones?
    El SENIAT puede validar el cumplimiento de los deberes formales y materiales aplicando los procedimientos de verificación, fiscalización y determinación.

Intereses Moratorios

Según lo dispuesto en el artículo 12 de la ley, la falta de pago de la contribución especial dentro del plazo que se establezca, hace surgir la obligación de pagar intereses moratorios, de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento previo, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Tributario.

En resumen:

  • ¿Cuando se generan intereses moratorios en la contribución especial para la protección de las pensiones?
    Los intereses moratorios se generan por la falta de pago de la contribución dentro del plazo establecido.

Sanciones

Con respecto a sanciones de los ilícitos tributarios, la ley establece en el artículo 13, una multa de mil euros (1.000€) para aquellos contribuyentes que no presenten la declaración respectiva, o que presenten la declaración fuera del plazo establecido. Con respecto a la omisión o retraso en el pago de la contribución especial, las sanciones a aplicar serán las previstas en el Código Orgánico Tributario.

En resumen:

  • ¿Cual es la sanción por no presentar la declaración mensual de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La sanción establecida en la ley es una multa de mil euros (1.000€).
  • ¿Cual es la sanción por presentar con retraso la declaración mensual de la contribución especial para la protección de las pensiones?
    La sanción establecida en la ley es una multa de mil euros (1.000€).
  • ¿Cual es la sanción por no pagar la contribución especial para la protección de las pensiones?
    En caso de omisión de pagos se aplicará la sanción prevista en el Código Orgánico Tributario.
  • ¿Cual es la sanción por pagar con retraso la contribución especial para la protección de las pensiones?
    En caso de pagos extemporáneos se aplicará la sanción prevista en el Código Orgánico Tributario.

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