CALENDARIOS TRIBUTARIOS

Cada año el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) publica los calendarios para el cumplimiento de determinadas obligaciones tributarias.

La emisión de estos calendarios se fundamenta en la facultad prevista en el artículo 41 del Código Orgánico Tributario, el cual establece que «La Administración Tributaria podrá establecer plazos para la presentación de declaraciones juradas y pagos de los tributos, con carácter general para determinados grupos de contribuyentes o responsables de similares características, cuando razones de eficiencia y costo operativo así lo justifiquen».

Estos calendarios se dictan mediante providencias administrativas que se publican en la gaceta oficial. Seguidamente se presentan los enlaces a los calendarios tributarios de los ejercicios fiscales recientes.







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